domingo, 22 de julio de 2007
La Unión Europea ha dictaminado que operadoras no estarán obligadas a dar proporcionar a las entidades de gestión datos acerca de los usuarios de redes P2P.

La Unión Europea ha rechazado una solicitud en dicho sentido de Promusicae hacia Telefónica, y ha detallado que los proveedores de Internet no estarán obligados a informar a las entidades gestoras de derechos de autor sobre los clientes que descargan contenidos multimedia.

(20 Minutos) El caso fue interpuesto por la asociación española de música y audiovisual, Promusicae, después de que Telefónica se negase a entregar los nombres y direcciones de los clientes sospechosos de tener y hacer uso de páginas web de intercambio de archivos.

Promusicae solicitó por vía judicial a Telefónica que identificase a los clientes que utilizaban el programa de intercambio de archivos KaZaA a través de la dirección IP, para proceder a actuar en su contra.

La abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Juliane Kokott, ha rechazado la petición de Promusicae, argumentando que Telefónica no está obligado a facilitarle los datos de los clientes que descargar archivos por internet.

De hecho, no se distingue si esta descarga se realiza o no con ánimo de lucro, por lo que ni siquiera en el caso de haberlo tendrían que facilitarlos a Promusicae.

La abogada insiste en que el proveedor de servicios en ningún caso facilitaría los datos a Promusicae. En algún caso, si se estuviera investigando un delito, Telefónica sólo tendría que dar los datos a las autoridades estatales.

Además, se detalla que la dirección IP no identifica al autor de las descargas, ya que no tiene porqué coincidir con el titular de la conexión.
Publicado por leocomanche @ 23:57  | InTeRnEt Noticias
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